¡Enhorabuena por tu nuevo hogar! ¿Sabes cómo funciona tu comunidad de propietarios?

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¡Enhorabuena por tu nuevo hogar! ¿Sabes cómo funciona tu comunidad de propietarios?

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Una comunidad de propietarios supone derechos y obligaciones sobre los elementos comunes de un edificio. 

Desde Fincas Heredero te contamos todo lo que necesitas saber acerca del funcionamiento de una comunidad para disfrutar tu piso nuevo y conservar la buena convivencia con tus vecinos.

LA CONSTITUCION DE UNA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS QUE ESTABLECE LA LEY

La forma de gobierno de una comunidad de propietarios de una finca o edificio se establece en la Ley de Propiedad Horizontal. 

Las personas que poseen una propiedad en una edificación compartida se constituyen como copropietarios de los elementos que comparten tales como acceso, terraza, escaleras, etc. 

Cada propietario tiene derechos y obligaciones sobre los elementos de un edificio o finca, que quedarán establecidos en el Estatuto de la Comunidad de Propietarios. 

Para llevar el control y el cumplimiento de la Ley los Estatutos de la Comunidad existen los órganos de gobierno. 

Los órganos de gobierno de la comunidad son la junta de propietarios, el presidente, el vicepresidente, el secretario y el administrador de fincas.

LA JUNTA DE PROPIETARIOS

La Junta de Propietarios es el órgano supremo cuya función es actuar solo cuando no existe un acuerdo unánime de los propietarios. 

Su presencia es necesaria para dar explicación de las medidas llevadas a cabo por una parte de la comunidad respecto a los otros. 

EL PRESIDENTE

Es la persona que representa a la comunidad en un juicio o en exterior. Una vez que es elegido según las maneras previstas en el Estatuto, se ejecuta el derecho-deber del propietario. 

Para su dimisión deberá solicitar ser sustituido por otra persona con un justificativo legal. 

En términos generales, podrá no aceptar el cargo una persona que presenta un impedimento físico o psíquico, no sabe leer o escribir, reside en el extranjero o fue el Presidente de la Comunidad en el período anterior.

EL VICEPRESIDENTE

Es el propietario cuya función es sustituir al presidente cuando este se encuentra ausente o imposibilitado.

También puede cumplir otras funciones que se hayan establecido en el Estatuto de la Comunidad de Propietarios.

EL ADMINISTRADOR Y EL SECRETARIO DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIO

Estos cargos pueden ser ejercidos por el mismo Presidente de la Comunidad, por otros propietarios o personas idóneas para las funciones, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto.  

Entre sus funciones principales podemos destacar:

  • Supervisar el correcto funcionamiento de la finca y la convivencia. 
  • Gestionar el presupuesto de los gastos comunes.
  • Llevar a cabo las tareas de mantenimiento o reparaciones necesarias con aviso a los propietarios. 
  • Realizar gestiones de cobranzas y pagos.
  • Cumplir con todas las funciones que establezca la junta.

QUE ES EL ESTATUTO DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS Y EL TITULO CONSTITUTIVO

Si te has mudado recientemente, recuerda que puedes solicitar la documentación pertinente para conocer el estado y la situación de tu nuevo edificio o finca.

Los Estatutos de la Comunidad de Propietarios constituyen las reglas que rigen la constitución y el funcionamiento de la misma. En ella se fijan los derechos y las disposiciones propias de la comunidad que no están limitadas por ley

Por otra parte, en el título constitutivo encontrarás una descripción detallada del edificio en general y particular. Este hace referencia a cada uno de los pisos con todos sus datos como planta que ocupa, medidas, anejos, etc. 

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También incluye la cuota de participación de cada uno de los propietarios según factores como la extensión, la ubicación, el uso del piso, entre otros.

OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS 

La Ley de Propiedad Horizontal establece que tanto los propietarios como aquellos que ocupen el piso están obligados a respetar las prohibiciones fijadas en el Estatuto. 

Además, todas las personas deben evitar situaciones que puedan provocar daños, ser peligrosas o nocivas para el edificio o finca.

Durante la actividad diaria se deberá respetar los elementos comunes y demás instalaciones, realizando las tareas de mantenimiento del piso que le pertenece o los que ocasione en otros sitios.

A su vez, todos los vecinos deberán realizar los pagos para afrontar los gastos comunes y permitir el ingreso a la vivienda particular para realizar reparaciones o servicios de la Comunidad. 

 En caso de que un propietario decida vender el piso, deberá avisar a la Comunidad. 

Si tu edificio es de nueva construcción o necesita una nueva administración, en Fincas Heredero nos encargamos de que tu comunidad funcione en las mejores condiciones. 

Estamos atentos a tu consulta.